Se pasa 343 días en la cárcel por error, reclama 151.000 euros por daños y la Justicia sentencia con una indemnización de 26 euros por día

Valor de la privación de libertad

El afectado era el comercial de un concesionario de vehículos cuando fue acusado de estafa por varios clientes. Tras un calvario judicial de 13 años, fue absuelto pero la Justicia no hizo caso a su reclamación de 151.000 por daños.

AS.FOTOGRAFÍA:IA.– La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de un ciudadano sevillano a recibir una indemnización de 9.000 euros por el daño moral causado tras haber permanecido 343 días en prisión provisional por un delito que no cometió.

El afectado, que en su momento trabajaba como el vendedor principal de un conocido concesionario de coches en Sevilla capital, vio cómo su vida se desmoronaba cuando varios clientes lo denunciaron por un presunto delito de estafa. Tras la apertura de la investigación, el juzgado decretó su ingreso en prisión preventiva, donde permaneció encarcelado durante casi doce meses.

Un proceso de 13 años y pérdidas devastadoras

El procedimiento judicial se prolongó durante 13 años. A lo largo de todo ese tiempo, el hombre no solo fue despedido de su puesto de trabajo tras ingresar en la cárcel, sino que enfrentó consecuencias personales devastadoras, incluida la pérdida de su padre durante el proceso, problemas de salud familiar y el fin de su matrimonio. Tras más de una década de litigio, la Justicia dictó sentencia firme absolviéndolo por completo de todos los cargos.

Al quedar demostrada su inocencia, el afectado presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Estado solicitando una compensación de 151.000 euros. En su petición, alegó el perjuicio económico directo por el despido y la imposibilidad de trabajar, así como los graves quebrantos emocionales y de salud sufridos por él y su entorno directo.

La resolución de la Audiencia Nacional

Sin embargo, el tribunal de la Audiencia Nacional ha desestimado la mayor parte de las pretensiones económicas del demandante, limitando la responsabilidad del Estado estrictamente al daño moral directo por los días privados de libertad………………….

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