¿Cuánto valen casi dos años de cárcel para un inocente? Una indemnización irrisoria en un caso en Galicia

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La Audiencia Nacional concede 15.000 euros de compensación por 634 días en prisión

EL DEBATE GALIZIA. (IVÁN AGUIAR). FOTOGRAFÍA : PIXABAY. Permanecer en prisión provisional y que el caso se archive por falta de pruebas genera el derecho de reclamar una indemnización para el afectado. El problema, más allá del tiempo privado de libertad, es que la cantidad a percibir puede ser irrisoria.

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional emitió el pasado mes de enero una sentencia en la que estima parcialmente el recurso promovido por un hombre contra una resolución del Ministerio de Justicia que le negaba una compensación por haber permanecido 1 año, 8 meses y 25 días en la cárcel de forma indebida por unos hechos ocurridos en Galicia. Los jueces han reconocido el derecho del demandante «a percibir la suma de 15.000 euros, en concepto de responsabilidad patrimonial», según recoge el fallo.

Para hacerse una idea, el Salario Mínimo Interprofesional está fijado en 16.576 euros brutos anuales, lo que supone que la compensación está sumamente por debajo, ya que corresponde a un período de casi dos años. La cantidad que reclamó inicialmente el afectado ascendía a e 192.160,53 euros.

La resolución dictada por la Audiencia Nacional señala que a esta persona «se le privó de libertad y se le mantuvo» encarcelado de forma preventiva «durante 634 días (1 año, 8 meses y 25 días), sin que existieran los requisitos que condicionan la válida iniciación de un procedimiento penal y sin que existiera en la causa motivos bastantes para creerle responsable criminalmente del delito por el que se le encarceló preventivamente».

«Por tanto, no debiera haber sufrido 1 año, 8 meses y 25 días de prisión preventiva, puesto que en su procedimiento nunca constó la resolución habilitante de la primera intervención telefónica llevada a cabo y las sucesivas intervenciones y prórrogas acordadas para las escuchas», indican el fallo judicial. Además, en él se asegura que «la falta de dichas resoluciones determinó, casi siete años más tarde, que se acordase el sobreseimiento y archivo de la causa».

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