Aislamiento: el castigo en prisión que viola todas las recomendaciones de la ONU

Las cárceles españolas usan el aislamiento durante mucho más tiempo de los 15 días que el organismo internacional pone como límite para que no se considere tortura y por motivos que no cumplen los requisitos que marca.

CIVIO.ES. (TER GARCÍA) FOTOGRAFÍA: PEXELS. Vanesa explica que entró en la cárcel sin haber sido condenada, con prisión preventiva por dos robos con violencia de los que fue absuelta. Pero se sumaron un quebrantamiento de libertad condicional, un hurto y tres causas por conducir sin carnet que le llevaron a estar ocho años en prisión. En ese tiempo ha perdido la cuenta de las veces que ha sido castigada con aislamiento. Además, le han aplicado hasta siete veces el primer grado, el régimen cerrado destinado, según la ley penitenciaria, a los presos más peligrosos.

La última de ellas fue a finales de 2024 en la prisión de Mas d’Enric, en Tarragona. “No sé ni cómo pasó, pero ese día empezó mi infierno”, ​​explica Vanesa. Primero la pusieron en aislamiento como medida cautelar durante cuatro días, después fueron otros diez por seguridad del centro y cinco más por su propia seguridad. En total pasó 20 días en soledad y, después, dos meses y medio en primer grado, un régimen de vida parecido al aislamiento. La razón, según afirma, fue que tres internas habían dicho que ella vendía droga en la cárcel, pero no encontraron pruebas.

La ONU marca que el aislamiento debe aplicarse solo en casos excepcionales y por un máximo de 15 días, pero en las cárceles españolas hay varias situaciones que, en la práctica, suponen estar en aislamiento: como castigo, régimen de vida o medida de protección. Y en muchos casos se saltan estas recomendaciones.

El aislamiento como castigo

Entre 2020 y junio de 2025, se han impuesto más de ​75.700 sanciones de aislamiento en celda en las cárceles españolas y otras ​​12.500 que se cumplen solo en los fines de semana. En ambos casos, el preso​ sale dos horas a un pequeño patio, sin ninguna compañía, y pasa el resto del tiempo solo en la celda.

La normativa española marca que el aislamiento en celda puede durar​ hasta 14 días. Pero, si hay varias sanciones, se cumplen seguidas ​hasta los 42 días, casi el triple del máximo recomendado por la ONU, lo que el organismo internacional ya reprochó a España en​ 2015. Desde Instituciones Penitenciarias ​afirman que han pedido a los equipos responsables de las prisiones que pregunten a los internos si quieren hacer descansos entre el cumplimiento de varias sanciones. Según explican, el descanso se realizaría en la celda habitual del interno, pero no está estipulada su duración. En su ​último informe, de 2023, la ONU critica que estos son demasiado cortos, ya que “se limitan a uno o varios días”.

Las cárceles de Cataluña son, con mucha diferencia, las que más imponen este tipo de castigos. ​​Solo en 2024 hubo 863 sanciones de aislamiento en celda por cada mil internos, frente a las ​128 de las cárceles gestionadas por la administración central y las 119 sanciones por cada mil presos que hubo en las cárceles vascas.

En 2025, la diferencia entre las tres administraciones se ha pronunciado aún más. En la primera mitad de año, en las cárceles administradas por el Ministerio de Interior se pusieron ​531 sanciones de aislamiento en celda, ​menos de la séptima parte de las contadas en el mismo periodo de 2024, y ​59 de fin de semana, ​casi 14 veces menos. Por el contrario, en Cataluña siguen subiendo: hubo ​4.304 sanciones de aislamiento en celda y ​304 de fin de semana.

​​Pero, aunque en las cárceles de la administración central hay muchas menos sanciones en relación a su población penitenciaria que en Cataluña, estas son más largas. 417 de ellas han superado los 15 días y en 45 casos los presos han estado cumpliendo castigos de aislamiento de un mismo expediente durante más de 42 días e incluso más de un año. El caso más largo fue el de un preso de 25 años que fue castigado por agredir a otro interno en el Centro Penitenciario Las Palmas II. Comenzó a cumplir sanciones de aislamiento por ese expediente disciplinario el 3 de febrero de 2020 y terminó en mayo del siguiente año. Desde Instituciones Penitenciarias señalan que la fecha de inicio y fin de sanción no significan el cumplimiento continuado, pero ​añaden que no está fijado el tiempo que tiene que pasar entre un periodo de hasta 42 días en aislamiento y el siguiente.

Por su parte, según los datos remitidos por la Secretària de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima de la Generalitat de Catalunya, en las cárceles catalanas solo se han contado ​19 sanciones de entre 15 días y 42 días, pero en más de un centenar de casos no facilitan datos de duración.

Castigos de aislamiento: por agresiones, pero también por desobedecer o insultar

A pesar de que la ONU recomienda que el aislamiento sea una medida excepcional, el ​​Reglamento Penitenciario lo aplica para faltas muy graves —que ​​van desde atentar contra la decencia pública a participar en motines—, y también para graves —​desde estar borracho hasta insultar a los funcionarios—.

En Cataluña, ​​poco más de la mitad de las ​​sanciones de aislamiento en celda o de fin de semana impuestas entre 2020 y junio de 2025 fueron por agresiones, amenazas y coacciones a funcionarios o por agredir o coaccionar a otros internos. ​La cuarta parte han sido por resistencia activa o pasiva a las órdenes de los funcionarios y c​ada año son más las sanciones por introducir objetos prohibidos, robar, insultar a funcionarios, inutilizar utensilios, aunque sea sin querer, o divulgar datos falsos del centro.

En las cárceles de la administración central, aunque en 2025 hubo muchas menos sanciones de aislamiento, se sigue castigando por motivos que están muy lejos de suponer una situación de violencia o alteración grave de la convivencia. Poco más de la décima parte de las 590 sanciones de aislamiento en celda o de fin de semana impuestas en el primer semestre fueron por agredir, amenazar o coaccionar a funcionarios, y algo más de un tercio por agredir o coaccionar a otros presos. ​En esos meses, los motivos que más aumentaron fueron insultar a otros internos, introducir o tener objetos prohibidos, o la resistencia pasiva a las órdenes de los funcionarios. Incluso se han contado varias sanciones por estar borracho y por “atentado a la decencia”.

“Yo he tenido sanciones de lo más pintorescas, hasta por hablar por una ventana”, recuerda Víctor. En los​ treinta años que ha pasado en prisión por atracar bancos, afirma que ha estado en centros penitenciarios de buena parte de España y ha sido castigado con aislamiento por motivos muy variados. ​“A veces eran sanciones justas, y otras no”, explica. Por intento de fuga, pero también por ​negarse a ponerse en pie en los recuentos, ​​a que le hicieran una analítica o una placa de rayos X, por llegar tarde a una actividad, por ​​darle un cigarrillo a otro interno, por tener​ un yogur o ​una lata de berberechos en su celda…

En el caso de las mujeres presas, los motivos que dan lugar a castigos de aislamiento son incluso menos graves. En la administración central, de las ​42 sanciones impuestas a mujeres presas en el primer semestre de 2025, tanto de aislamiento en celda como de fin de semana, ​​solo dos fueron por agredir, amenazar o coaccionar a funcionarios y ​​14 por agredir a otras internas. Otras 14 fueron​ por insultar a otras reclusas, y las doce restantes por robos, difundir bulos, insultar o desobedecer a los funcionarios, tener objetos prohibidos o consumir alcohol o drogas.“ En Yeserías, hace 40 años, las presas se besaban en el patio y enseguida las sancionaban; a los hombres, si hacían cualquier amago de afectividad, nadie les sancionaba. Se exige mucho más a las mujeres que a los hombres y se les castiga por cosas más absurdas, se les trata más como en un colegio”, ​señala Carlos García Castaño, abogado coordinador desde 1995 del Servicio de Orientación Jurídica Penitenciaria (SOJP) del Colegio de la Abogacía de Madrid.

“Por responderle a una funcionaria ‘porque me da la gana, ¿tú quién eres? ¿mi madre?’ estuve tres días en aislamiento; he tenido varias sanciones de ese tipo”, ​​explica Vanesa. Cristina ​Garés, investigadora del Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans de la Universitat de Barcelona y parte del equipo de Sirecovi, un sistema de registro y protección de víctimas de violencia institucional creado en Cataluña por esta entidad, señala que recientemente visitó a una presa a la que habían puesto dos sanciones por estar en pijama. “Le han puesto dos sanciones graves por estar en pijama a la hora del recuento. Lleva ya seis meses en primer grado y ​no consigue progresar de grado”, explica. Y es que la acumulación de sanciones puede tener como consecuencia la regresión a régimen cerrado y, también, no salir de él.

El aislamiento como régimen de vida

Otra de las formas de aislamiento en prisiones es el primer grado. A diciembre de 2024 había ​620 presos en este régimen en todo el Estado:​ 412 en las cárceles de la administración central y otros ​208 en Cataluña. Uno de ellos era Yasim.

Yasim entró en la ​prisión de Valdemoro por una condena de tráfico de hachís y después fue trasladado a Estremera. Llevaba algo más de un año en prisión cuando, en marzo de 2024, le llevaron a primer grado. Afirma que ​​todo empezó porque otro interno quería prepararle un zumo de naranja para aguantar las horas de ayuno del Ramadán, pero la funcionaria no lo permitió y discutieron. “Sacaron al chaval en volandas y a mí me cachearon, me llevaron a enfermería, me esposaron, me pegaron, me inyectaron algo y me sentaron en una silla de ruedas para llevarme a aislamiento, donde me querían hacer un cacheo integral”, ​señala. Según afirma Yasim, le llevaron a aislamiento una hora antes de romper el ayuno y ​​no le dieron de comer hasta la noche del día siguiente. Añade que pasó varios días ​durmiendo sin colchón porque estaba meado y con hongos. Un mes después, al otro interno le mandaron a la cárcel de ​Puerto de Santa María, y, a él, a Soto del Real, donde cumplió otros tres meses en este régimen Víctor, actualmente en ​​libertad condicional, explica que también ha estado varias veces en primer grado. La primera, directamente porque su ​condena era de 80 años, pero también por ​​acumulación de partes. En total, afirma que ​ha pasado 18 años en este régimen, y la vez que más duró llegó a los seis años seguidos. “Una vez que estás en primer grado, mantenerlo es muy fácil”, afirma.

El Reglamento Penitenciario contempla el primer grado, o régimen cerrado, ​para presos de peligrosidad extrema o que no se adaptan a la vida en prisión, aunque en muchos casos el motivo es la acumulación de sanciones, aunque sean por hechos no violentos. “Hay gente peligrosa, pero también se aplica por cosas absurdas, porque hay gente a la que inflan a partes por cosas muy tontas”, ​sostiene Garés sobre la aplicación del primer grado en Cataluña. Entre algunos de los casos de los que ha sido testigo, destaca el de un interno ​al que supuestamente le habían encontrado droga. “Él lo negada todo el rato, decía que era paracetamol. Cuando hicieron el análisis, no era droga, pero el primer grado ya se lo había comido durante​ tres meses”. O el de ​otro preso que afirma que está en primer grado porque se negó a entrar en el comedor, junto a otros reclusos, para denunciar que uno de los funcionarios había pegado a un interno.

El primer grado es un régimen de vida que, en la práctica, sobre todo en su forma más dura, que son los ​departamentos especiales, supone estar en aislamiento, con salidas de tres horas como mínimo al patio, pero de un máximo de dos presos a la vez, y ​hasta tres horas más de actividades programadas, pero sin mínimo. Según afirman presos, educadores sociales de prisiones y abogados, muchas veces el interno está solo todo el día.

La otra vía para aplicar aislamiento es el ​artículo 75 del Reglamento Penitenciario. Es un limbo legal con el que aislar al interno, sin que queden estipuladas sus horas de patio o si son con compañía, ni el tiempo máximo de la medida. Según explican profesionales penitenciarios, abogados y presos, y confirma un artículo publicado por la criminóloga Gemma Freixa, en la práctica es parecido a una sanción de aislamiento: dos horas de patio y sin actividades, pero ​sin visitas médicas diarias.

El Protocolo de actuación en materia de seguridad contempla que su primer apartado, el 75.1, se aplique para el mantenimiento de la seguridad y buen orden del centro. Pero muchas veces se usa como sala de espera mientras la administración decide si regresar al interno a primer grado. “No es que sea irregular, porque lo contempla un artículo del reglamento, pero es incómodo para nosotros”, ​​afirma Ana Gordaliza, educadora social en el centro penitenciario de Valdemoro y miembro del grupo de trabajo en salud mental en prisión de la Asociación Española de Neuropsiquiatría. “Si en la Secretaría tardan en resolver, a lo mejor el preso se tira más de 14 días seguidos en aislamiento”, señala. Ella misma vio un caso de un preso con problemas de salud mental que estuvo casi tres meses aislado porque la propuesta de la junta de tratamiento no era unánime. “Unos le pedían el primer grado y, otros, el tercer grado porque no tenía delitos de mucha gravedad y había un recurso asistencial fuera de prisión que podía ser más acorde con su situación”, ​​detalla.

El segundo apartado, el 75.2, contempla el aislamiento como medida de protección del propio preso, ya sea a petición suya o por decisión del director del centro. A pesar de que el protocolo señala que es una ​​medida excepcional y solo durante el tiempo imprescindible para tomar otras medidas de protección, como el traslado del preso a otro módulo o centro, se emplea incluso más que las sanciones de aislamiento y por tiempos muy superiores.

En las cárceles gestionadas por la administración central se ha aplicado este artículo​ 7.750 veces entre 2020 y junio de 2025. En cerca de 1.700 casos, el preso ha estado en aislamiento durante bastante más de los 42 días seguidos que la normativa española contempla de máximo para el castigo de aislamiento, en ocho de ellos se superó el año de duración. El caso más grave, el de un preso de 42 años que estuvo aislado en la prisión de Mallorca desde el 25 de enero de 2020 hasta el 30 de abril de 2021, 461 días en total.

A diferencia de las sanciones, el número de casos en los que se aplica el aislamiento por protección del preso no está disminuyendo: en el primer semestre de 2025 se han contado 796 veces en las que se ha aplicado este artículo en las cárceles de la administración central y en 117 de ellos se han superado los 42 días.

En País Vasco, en el mismo periodo se aplicó 30 veces, la que más durante 94 días. En ​Cataluña, se aplica incluso más, teniendo en cuenta la población penitenciaria, pero esta administración no ha facilitado datos sobre su duración. Ni la administración central, ni la catalana ni la vasca han dado información sobre en qué casos esta medida se ha aplicado por decisión del preso o del director del centro…………………….

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