Organo Judicial: Tribunal Supremo
Tipo de disposicion: Sentencia
Numero: 2865/2015
Voz: JURISDICCIÓN, COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO Y LEGITIMACIÓN
Subvoz: Jurisdicción, competencia, y funciones del JVP
Fecha: 29 junio, 2015

Texto:

STS (Sala de lo contencioso-administrativo) 29/06/2015. COMPETENCIA DEL JVP. FIES. Ha lugar al recurso de casación interpuesto por el interno, declarándose la competencia de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria para conocer de la impugnación de la resolución de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que desestimó la solicitud de exclusión de la base de datos del Fichero de Internos de Especial Seguimiento, sin que la circunstancia de que el Subsecretario del Interior haya resuelto el recurso de alzada promovido contra aquella resolución pueda ser óbice a este pronunciamiento. Resulta de aplicación la doctrina de esta Sala de lo Contencioso-Administrativo (STS 17/09/2009, rec. 1685/2008). Con base en la aplicación del art. 94.1 LOPJ, la jurisdicción contencioso-administrativa carece de jurisdicción en estos supuestos, por corresponder a los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, el control jurisdiccional de la potestad disciplinaria de las autoridades penitenciarias y el amparo de los derechos y beneficios de los internos en los establecimientos penitenciarios, y, en concreto, según el art. 76.2 a) LGP, para «acordar lo que proceda sobre las peticiones o quejas que los internos formulen en relación con el régimen y el tratamiento penitenciario en cuanto afecte a los derechos fundamentales o a los derechos y beneficios penitenciarios de aquéllos».

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