Tipo de disposicion: Sentencia
Numero: 34/2007
Voz: DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS
Subvoz: Libertad de expresión. Derecho a comunicar y recibir libremente informacion veraz
Fecha: 12 febrero, 2007
Texto:
STC 34/2007, de 12 de febrero. DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PUBLICAS (LIBERTAD DE EXPRESION. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA). Se otorga el amparo. Los autos del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria -dictados en resolución de sucesivos recursos de alzada y reforma interpuestos tras la imposición de un acuerdo sancionador- vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva por cuanto no ofrecen respuesta alguna a la principal alegación del recurrente relativa a la lesión de su derecho a la libertad de expresión [art. 20.1 a) CE], cuyo ejercicio, en opinión del demandante de amparo, daba cobertura a las expresiones vertidas en la tarjeta postal por las que ha sido sancionado y que se referían a los funcionarios del centro penitenciario en el que se encontraba recluido. El TC acuerda la retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente anterior al de haberse dictado el primero de los autos del JVP para que se pronuncie una nueva resolución judicial respetuosa con el derecho a la tutela judicial efectiva vulnerado.
