Tipo de disposicion: Sentencia
Numero: 371/2012
Voz: TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Subvoz: Prestaciones no contributivas
Fecha: 28 mayo, 2012
Texto:
S. Juzgado Social nº 3 Ourense 28/05/2012. TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS). Se declara el derecho a la pensión de invalidez no contributiva de la demandante ya que, al computarse en la unidad de convivencia a su hijo que se encuentra preso, no se supera el límite de acumulación de recursos establecido en el art. 144 LGSS. Se considera conviviente en la unidad familiar aunque de forma transitoria esté en prisión y, pese a que se haya alegado que lleva un tiempo prolongado, es algo temporal, al final saldrá de prisión, sigue teniendo el domicilio familiar junto a sus padres y depende económicamente de ellos.
