Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: LIBERTAD CONDICIONAL
Subvoz: Otros
Fecha: 14 agosto, 2015

Texto:

JVP Valencia 14/08/2015. LIBERTAD CONDICIONAL (OTROS). Renuncia del interno a la libertad condicional ya que la misma es renunciable al no contravenir la Ley ni el orden público ni perjudicar a terceros. Existe interés legítimo del penado para renunciar ya que la aplicación del nuevo régimen establecido en el CP le resulta más perjudicial.

Documento PDF:

Ir arriba