Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: INFRACCIONES Y SANCIONES
Subvoz: Aislamiento
Fecha: 31 mayo, 2013

Texto:

JVP Pamplona 31/05/2013. INFRACCIONES Y SANCIONES (AISLAMIENTO). SEGURIDAD (LIMITACIONES REGIMENTALES [ART. 75 RP]). Se estima parcialmente el recurso. La interna sancionada estuvo primero en aislamiento provisional (art. 72.1 RP) y fue posteriormente objeto de una limitación regimental del art. 75.1 RP que supuso en la práctica una prolongación del aislamiento y que se adoptó por las mismas causas y semejante finalidad (orden del establecimiento y evitación de más daños e incidencias) que las que sirvieron de base para la aplicación del medio coercitivo del aislamiento provisional. En consecuencia, debe abonarse a la sanción finalmente impuesta todo el tiempo que, de un modo u otro –al amparo del art. 72 RP o por aplicación del art. 75- estuvo aislada la penada.

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