Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: COMUNICACIONES
Subvoz: Con familiares y allegados
Fecha: 28 noviembre, 2011
Texto:
JVP Pamplona 28/11/2011. COMUNICACIONES (CON FAMILIARES Y ALLEGADOS. DENEGACIÓN). Se estima. Estamos ante un caso en que el Centro Penitenciario deniega la comunicación con un amigo debido a que este estuvo ingresado en el mismo Centro Penitenciario y dado su conocimiento del mismo podría ser aprovechada la comunicación para tratar de introducir objetos prohibidos o preparar una evasión. El JVP concluye que se parte de una valoración genérica y determinista y que implica una presunción de culpabilidad y de actuación irregular tanto del interno como así mismo y particularmente del tercero visitante y que si se admitiera tal tipo de justificaciones, practicamente haría imposible cualquier contacto de un interno con el exterior a través de las comunicacioney visitas. Añade al final que como este tipo de resoluciones se han multiplicado desde hace un tiempo en la prisión, el análisis e interpretación contenidas en el auto deben tener la pertinente consideración para el futuro y también para quienes ya se han visto impedidos de mantener comunicaciones del mismo tenor por resoluciones ya pasadas, que deberían tener la oportunidad de ver restablecido su derecho, de manera que podrán volver a pedir la comunicación a efectos de que la administración Penitenciaria resuelva la misma considerando los nuevos criterios.
