Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 568/2015
Voz: CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO
Subvoz: Otros
Fecha: 20 marzo, 2015

Texto:

JVP Pamplona 20/03/2015. CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO (INICIAL. OTROS). Se estima el recurso del interno y acuerda la clasificación en tercer grado dado su buen comportamiento y positiva evolución, el resultado satisfactorio de los dos permisos disfrutados y el apoyo y vinculación familiar con la que cuenta. En razón al tiempo transcurrido en prisión provisional tenía muy avanzada la ejecución de la pena, ahora bien lo decisivo para la estimación del recurso ha sido que se hayan aportado dos documentos, uno sobre su autocontrol referido a sus antecedentes de consumo de sustancias, y otro de orden laboral sobre la posibilidad de contratación, que todo apuntaba a que esta debería ser próxima e inmediata, documento que asimismo insiste en que el tiempo en que el penado estuvo en libertad provisional trabajó en la empresa con notable dedicación y profesionalidad. Estima el Juzgado que tal período puede ser tenido como de adaptación social durante el cual el penado habría realizado un apreciable esfuerzo de integración social.

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