Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS
Subvoz: Derecho de defensa y asistencia letrada. Derecho a ser informado de la acusación y a utilizar los medios de prueba en su defensa
Fecha: 1 septiembre, 2006

Texto:

JVP Pamplona 1/9/2006. DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS (DERECHO DE DEFENSA. OTROS). Se estima el recurso en el que el preso reclama los informes de los técnicos penitenciarios que obran en su expediente personal para articular su derecho de defensa. El Juzgado reconoce el derecho de los internos a recibir información personal y actualizada de su situación procesal y penitenciaria, datos clínicos y sanitarios, como reflejo del derecho genérico a recibir información del expediente administrativo. Se limita o restringe este derecho cuando consten causas acreditadas de peligrosidad o que afecten a la seguridad de los Técnicos que han emitido los informes o por petición reiterada o abusiva de información. En este supuesto no existen causas justificadas de restricción y existe una causa legitimadora amparable (el conocimiento más exhaustivo de los informes para poder presentar peticiones y quejas en defensa de sus derechos).

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