Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: INFRACCIONES Y SANCIONES
Subvoz: Principio de tipicidad
Fecha: 9 diciembre, 2013

Texto:

JVP Pamplona 09/12/2013. INFRACCIONES Y SANCIONES (PRINCIPIO DE TIPICIDAD). Se estima el recurso. La sustracción de ropa de cama y toallas de uso en el centro que se encontraron en la celda del penado en un número superior al permitido difícilmente puede encajar en la infracción disciplinaria prevista en el art. 108 g) RP 1981. Aun cuando dicha tenencia sea una irregularidad, no se trata de una verdadera sustracción y apropiación que deje fuera del ámbito de la disposición de su dueño unos objetos que están destinados a utilizarse en el centro, que nadie duda que pertenecen al establecimiento y que la administración controla y dispone. No hay riesgo de que dicho material se confunda y pueda considerarse que es propiedad del interno.

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