Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: COMUNICACIONES
Subvoz: Denegación
Fecha: 3 enero, 2013
Texto:
JVP Pamplona 03/01/2013. COMUNICACIONES (CON FAMILIARES Y ALLEGADOS. DENEGACIÓN). COMPETENCIA Y FUNCIONES DEL JVP. Se revoca por el JVP la denegación de comunicaciones de un interno con su amigo. Previo al fondo del asunto, justifica el auto la posibilidad de actuación de control del JVP sobre esta materia, exista o no recurso del interno, por afectar a sus derechos esenciales. En cuanto a la denegación revocada, el dato de que el visitante haya sido también interno con anterioridad, no puede ser admitido ni trascendente para justificar la denegación. Implicaría una presunción de culpabilidad y de actuación irregular tanto del interno como del tercero visitante partiendo de una valoración genérica y determinista. No deben prohibirse preventivamente las comunicaciones, sino establecer controles de seguridad, y solamente en caso de detectar irregularidades, actuar limitando y restringiendo.
