Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 3724/2016
Voz: DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS
Subvoz: Presunción de inocencia
Fecha: 14 junio, 2016

Texto:

JVP núm. 2 Sevilla 14/06/2016. INFRACCIONES Y SANCIONES (PRESUNCIÓN DE INOCENCIA). Se estima el recurso del interno revocando la sanción impuesta por falta de pruebas, considerando que debe prevalecer el principio de presunción de inocencia. No existe prueba de que el interno sea el autor de los hechos, del relato de hechos probados se deduce que ningún funcionario presenció los hechos, al hablar de “presunta autoría”. Se menciona que se han hecho “las averiguaciones oportunas”, sin recoger la resolución sancionadora cuáles fueron estas. El Juzgado no estima suficientes las declaraciones de residentes en el CIS que no presenciaron los hechos y “oyeron en el patio” que se acusaba al interno. La respuesta del instructor a la solicitud de que se visualizaran las cámaras de vídeo vigilancia fue “que ya hemos hecho eso”, sin explicación al respecto ni posibilidad de visualizar dicha cinta.

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