Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Salidas
Fecha: 18 diciembre, 2007
Texto:
JVP Madrid 18/12/2007. PERMISOS Y SALIDAS (SALIDAS). Autorización judicial de salidas del establecimiento sin aplicación de programa. El Juzgado autoriza, en contra del criterio del Ministerio Fiscal, que el interno pueda salir del Centro cuantos días sean precisos con objeto de tramitar la documentación necesaria para solicitar una vivienda de protección oficial. El Ministerio Fiscal informa que el Centro deberá concertar el programa concreto de atención especializada conforme al artículo 117 del Reglamento Penitenciario. El Juzgado considera sin embargo, que en este caso no es preciso hacer uso de las previsiones de dicho artículo, ya que el mismo está previsto para cuando las salidas sean necesarias para el tratamiento y la reinserción social del penado. Después de cada salida deberá acreditar documentalmente en el citado centro la gestión realizada.
