Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: INFRACCIONES Y SANCIONES
Subvoz: Principio de proporcionalidad
Fecha: 29 septiembre, 2011

Texto:

JVP Las Palmas de Gran Canaria 29/09/2011. INFRACCIONES Y SANCIONES (PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD). Se rebaja la calificación a falta grave del 109 e, al no informarse de la cuantía de los daños. El interno reconoce los hechos alegando que recibió una mala noticia y reaccionó golpeando el cristal. El art. 108 f se distingue del 109 en la cuantía de los hechos, es falta muy grave si los daños son de elevada cuantía y grave si son de escasa cuantía. En este caso no se informa del importe de los daños por lo que se ha de calificar de falta grave del art. 109 e imponiendo una sanción de 30 días de privación de paseos y actos recreativos comunes.

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