Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: ORGANIZACIÓN DEL CENTRO
Subvoz: Peculio
Fecha: 13 enero, 2011

Texto:

JVP La Coruña 13/01/2011. ORGANIZACIÓN DEL CENTRO (PECULIO). Se desestima la queja del interno. La medida impuesta al interno de no disponer libremente del peculio en permisos es necesaria y proporcionada y no conculca los derechos y beneficios penitenciarios del interno. La posibilidad genérica de limitación en la disposición del peculio por razones de seguridad y buen orden del establecimiento resulta aplicable en materia de permisos. Una retirada total de los fondos del peculio antes de la salida de permiso supone un indicio de un posible quebrantamiento de condena y retiradas masivas de dinero con ocasión de un permiso pueden servir a otras finalidades espurias como eludir sus responsabilidades civiles o destinarlo al tráfico de drogas. En este caso se justifica la medida, el interno no expresa la necesidad concreta de disponer libremente de los fondos depositados y que la cantidad autorizada sea insuficiente para atender sus gastos durante el permiso, además están pagados los gastos del billete, no presenta cargas familiares y tiene una elevada responsabilidad civil por abonar.

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