Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: INFRACCIONES Y SANCIONES
Subvoz: Aislamiento
Fecha: 21 diciembre, 2006

Texto:

JVP Ciudad Real 21/12/2006. INFRACCIONES Y SANCIONES (CUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN. AISLAMIENTO). Desestima la aprobación del cumplimiento ininterrumpido de la sanción de aislamiento en celda superior a 14 días que había solicitado el Centro Penitenciario. El interno debía cumplir, por una parte, 12 días de aislamiento en celda por una falta del art. 108 b) y otra sanción también de aislamiento 7 días por una falta del art. 108 a), ambas impuestas en el mismo expediente, a las que hay que descontar el aislamiento provisional. En este caso, no se entiende necesario autorizar el cumplimiento seguido de las dos sanciones y se acuerda que el interno cumpla en primer lugar, los doce días de aislamiento en celda por la primera de las sanciones y que, al lunes siguiente, comience a cumplir la segunda de las sanciones de aislamiento, evitando un cumplimiento ininterrumpido más allá de los catorce días, no aconsejable como regla general.

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