Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: INFRACCIONES Y SANCIONES
Subvoz: Principio de tipicidad
Fecha: 4 febrero, 2011

Texto:

JVP Castellón 04/02/2011. INFRACCIONES Y SANCIONES (TIPICIDAD). Estima parcialmente. En el expediente sancionador se imputa al interno la comisión de sendas faltas muy graves tipificadas en los apartados a) y d) del artículo 108 RP consistentes respectivamente en participar en motines, plantes y desórdenes colectivos o instigar a los mismos si éstos se hubieran producido y en la resistencia activa y grave al cumplimiento de las órdenes recibidas de funcionarios. Los hechos probados han de ser calificados únicamente como una falta prevista en el apartado a) del artículo 108 RP ya que la falta de resistencia del apartado d) no tiene sustantividad propia para ser sancionada separadamente, acordando la revocación de esta segunda infracción.

Documento PDF:

Ir arriba