Tipo de disposicion: Sentencia
Numero: 213/2013
Voz: OTROS
Subvoz: Otros
Fecha: 3 junio, 2013
Texto:
Juzgado Penal núm. 9, Sevilla, 03/06/2013. OTROS. Procede la absolución del delito de quebrantamiento a interno al que se había concedido un permiso que finalizaba el 29 de julio de 2009 y comparece voluntariamente el 30 de julio de 2009. Atendiendo a que el reingreso se produjo en un corto margen de tiempo y de forma voluntaria, no puede concluirse que el interno tuviera intención de quebrantar la condena que estaba cumpliendo ni que haya existido afectación del bien jurídico protegido. Según la doctrina jurisprudencial el delito solo puede ser cometido dolosamente y requiere que concurra en la conducta una antijuridicidad material.
