Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: COMUNICACIONES
Subvoz: Vis a vis
Fecha: 25 agosto, 2014
Texto:
JUZGADO CENTRAL DE VIGILANCIA PENITENCIARIA 25/08/2014. COMUNICACIONES (VIS A VIS. DENEGACIÓN). Se estima la queja. Para comunicar con la familia sólo es preciso acreditar la relación de parentesco y con el resto de personas es precisa la autorización del centro. Dicha autorización puede denegarse por el Director del establecimiento por razones de seguridad, interés de tratamiento y buen orden del establecimiento sin que sean suficientes motivos genérico de no conveniencia, pertenencia del comunicante al MNLV o haber sido preso en un tiempo lejano. La denegación únicamente se funda en que el visitante estuvo en prisión provisional por presunta relación con ETA. Se tiene presente la inexistencia de responsabilidades penales pendientes y el hecho de que actualmente la banda ETA ha cesado en su actividad lo que determina riesgo inferior de peligrosidad al de años precedentes.
