Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: OTROS
Subvoz: Otros
Fecha: 22 septiembre, 2015
Texto:
JUZGADO CENTRAL DE VIGILANCIA PENITENCIARIA 22/09/2015. OTROS (OTROS). El interno solicita que se proceda por parte de las Instituciones Penitenciarias a facilitarle la comparativa entre la aplicación del Código de 1995 o el de 1973, a fin de que pueda optar por el texto más favorable. Sin embargo la Oficina de Régimen no se dedica a comparar los preceptos de ambos códigos, sólo elabora las hojas de cálculo a partir de las liquidaciones de condena que les suministran los Juzgados o Tribunales sentenciadores, por lo que se desestima la queja del interno.
