Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: SEGURIDAD
Subvoz: Otros
Fecha: 6 mayo, 2015
Texto:
JUZGADO CENTRAL DE VIGILANCIA PENITENCIARIA 06/05/2015. SEGURIDAD (OTROS). Autorización de libro electrónico con determinadas condiciones por razones de seguridad. La Sección 1ª de la Sala de lo Penal de la AN mediante Auto nº 650/14 de fecha 11/09/2014, autoriza a un interno del mismo Centro Penitenciario, loa tenencia de un lector digital de libros en el Establecimiento, con determinadas condiciones (adquisición por demandadero, sin WIFI, sin puerto USB ni grabadora de voz) y proponiendo como medios de carga de los libros tarjetas de memoria enviadas por la familia o a través del fondo digital de libros de la Biblioteca del Centro Penitenciario. Sin embargo en este caso el interno pertenece a una banda armada y tiene intervenidas las comunicaciones, si se le permite el sistema de carga de libros mediante tarjetas de memoria introducidas por la familia se podría saltar la intervención de las comunicaciones lo cual plantea graves riesgos para la seguridad del Establecimiento. Se le permite adquirir un lector digital con las restricciones mencionadas en el Auto de la AN pero añadiendo que la carga de libros sólo podrá realizarse a través del fondo digital de libros que se constituya en la Biblioteca del Centro Penitenciario, como este fondo no existe se acuerda dirigir a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias propuesta de constitución del mencionado fondo digital.
