Organo Judicial: Tribunal Supremo
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 760/2015
Voz: JURISDICCIÓN, COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO Y LEGITIMACIÓN
Subvoz: Otros
Fecha: 19 abril, 2015

Texto:

ATS 760/2015, de 19 de abril. PERMISOS Y SALIDAS (OTROS) PROCEDIMIENTO (OTROS). Inadmisión del recurso de extraordinario de casación para unificación de doctrina por infracción de los arts.47.2 LOGP y 154 RP y por infracción del art.25.2 CE en relación con el 17 CE. Se ofrecen como resoluciones de contraste, resoluciones que no tienen nada que ver con el Auto recurrido y que atienden a los factores o circunstancias contempladas en el RP para resolver sobre el permiso haciendo hincapié en las circunstancias concurrente en el interno afectado por cada resolución, según los datos obrantes en cada expediente. Así, la discrepancia entre las decisiones no lo es por consecuencia de la aplicación de doctrinas diversas sino fruto de la discrecionalidad que la propia norma prevé. Por lo tanto, se inadmite el recurso por este motivo. Respecto la infracción del art.25.2 CE, se invoca la doctrina del TC sobre la orientación resocializadora de las penas privativas de libertad y la concesión de permisos a tal fin. Argumenta el recurrente que el hecho de haber pretendido introducir droga en prisión a la vuelta de su último permiso no puede prevalecer sobre su derecho a la preparación de vida en libertad. La discrepancia con las resoluciones aportadas no lo es por consecuencia de la aplicación de doctrinas diversas sino fruto de unas circunstancias personales diferentes, suficientemente valoradas y explicadas en cada una de las resoluciones. Se inadmite el motivo.

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