Tipo de disposicion: Auto
Numero: 566/2009
Voz: CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO
Subvoz: Prevalencia de los factores positivos para su concesión
Fecha: 21 octubre, 2009
Texto:
AP Zaragoza, Sección 3ª, 21/10/2009. CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO (PROGRESIÓN Y MANTENIMIENTO DE GRADO. PREVALENCIA DE LOS FACTORES POSITIVOS PARA SU CONCESIÓN). Se estima. La clasificación en tercer grado de tratamiento viene determinada, por la personalidad del penado, su historial, la duración de la pena, el medio social a que retorne el interno y las facilidades o dificultades existentes en el caso y momento para el buen éxito del tratamiento. La Juez de Vigilancia Penitenciaria, tras reconocer que el recurrente ya ha cumplido las 3/4 partes de la condena, refiere para denegar la clasificación en tecer grado la condición de extranjero del interno y su falta de trabajo, y la presencia de unos valores prosociales deficientes para denegar la progresión de grado, lo cual nos parece insuficiente a la vista de su primariedad delictiva; la ausencia de sanciones, el desempeño de un puesto de trabajo y el predominio de la estabilidad emocional. Si a todo ello se une que el recurrente ha cumplido ya más de las tres cuartas partes de su condena, que está muy próximo el cumplimiento de ésta, que ha venido disfrutando de varios permisos y cuenta con el apoyo de una asociación, se ha de concluir que el penado reúne las condiciones personales y penitenciarias precisas para llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad.
