Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: OTROS
Subvoz: Otros
Fecha: 19 abril, 2010

Texto:

AP Tenerife 19/04/2010. OTROS. Estimación de queja de refundición de una condena a otras aunque hayan sido ya licenciadas. En todos los supuestos de imposición de una pluralidad de penas de prisión, el cumplimiento de las mismas debe ser sucesivo por orden de gravedad y la extinción de una de ellas es persupuesto del inicio de cumplimiento de la siguiente. Y este régimen no se ve alterado por el hecho de que todas esas condenas sean sumadas aritméticamente para la fijación del momento de cumplimiento del primer cuarto, de la mitad o de las partes de la condena que deben haberse extinguido para poder acceder a la libertad condicional. La única razón por la que el inicio del cumplimiento de la tercera condena se ha producido cuando las dos primeras ya habían sido licenciadas es un funcionamiento no suficientemente ágil de la administración de justicia, del que no pueden derivar efectos perjudiciales para el penado.

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