Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 471/2009
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Extranjeros
Fecha: 24 noviembre, 2009

Texto:

AP Pontevedra, Sección 2ª, 24/11/2009. PERMISOS (ORDINARIO. EXTRANJEROS. RIESGO DE HACER MAL USO. TIEMPO CUMPLIDO DE CONDENA. ASPECTOS POSITIVOS PARA LA CONCESIÓN. MITIGACIÓN DEL RIESGO). Se desestima el recurso del Mº Fiscal contra permiso concedido por el JVP. El Mº Fiscal se basa fundamentalmente en el riesgo de quebrantamiento del mismo, al tratarse de un extranjero sin vinculación familiar y encontrarse en situación irregular en España así como la gravedad del delito y lejanía de la fecha de cumplimiento. Sin embargo, examinadas las actuaciones hemos también de apreciar una serie de factores positivos, como son: ha disfrutado ya de dos permisos de salida sin que conste incidencia alguna en los mismos y sin que el Mº Fiscal hubiese recurrido las resoluciones que le concedían dichos permisos; ha cumplido ya la mitad de la condena; no le constan sanciones y sí en cambio recompensas; tiene vinculación con la Pastoral Penitenciaria y el Juez de Vigilancia establece como medida a adoptar en el cumplimento del permiso que concede, la presentación diaria ante las F.S.E y custodia, acogimiento y acompañamiento de la Pastoral Penitenciaria. Contrastando los datos en pro y en contra afectantes al interno, llegamos a la conclusión de que los elementos negativos a que hace referencia el Mº Fiscal, no aparecen en el caso concreto con la entidad que requiere el artículo 156 para la denegación del permiso.

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