Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Extraordinario
Fecha: 23 julio, 2015

Texto:

AP Pontevedra, 23/07/2015. PERMISOS Y SALIDAS (EXTRAORDINARIO). La AP desestima el recurso del interno, confirmado los argumentos de los autos apelados al igual que los del acuerdo de la JT. No se da ninguno de los supuestos contemplados para la concesión de permiso extraordinario cuando se solicita para ir a consolar a la familia, tras haber fallecido el padre del interno y haber tenido lugar el entierro 5 días antes de su solicitud. La finalidad del permiso extraordinario en caso de fallecimiento de familiar es la asistencia al funeral y entierro, ya imposible en el caso que nos ocupa. Y, conforme al art.158 RP, no cabe concederle permiso extraordinario cuando el supuesto de hecho o las circunstancias concurrentes permitan su tramitación como permiso ordinario.

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