Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 206/2013
Voz: OTROS
Subvoz: Otros
Fecha: 22 noviembre, 2013

Texto:

AP Navarra, Sección 3ª, 22/11/2013. OTROS. Se desestima el recurso de apelación, confirmando el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. El hecho de que, en el momento del ingreso en la prisión de Pamplona en diciembre de 2012 tras su traslado desde el Centro Penitenciario de Daroca, el interno demandara una dentadura que según él la debe de adquirir el Centro Penitenciario por sentencia firme no acredita que la solicitara en tiempo y forma. No existe constancia de dicha sentencia firme. Lo que existe es un auto del JVP de Zaragoza del 1 de junio de 2000 en el que se requiere que por parte de los servicios médicos se realicen las gestiones oportunas para resolver el problema de adaptación de la prótesis dental del interno por la atrofia de sus encías y dado que ni la colocación de prótesis fija ni el servicio máxilofacial se encuentra dentro de las prestaciones concertadas. El interno debe de formular petición en forma ante la Administración Penitenciaria.

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