Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 192/2014
Voz: COMUNICACIONES
Subvoz: Con familiares y allegados
Fecha: 11 junio, 2014

Texto:

AP Navarra, Sección 1ª, 11/06/2014. COMUNICACIONES (ORALES. CON FAMILIARES Y ALLEGADOS. DENEGACIÓN. LIMITACIÓN). Se estima el recurso y se declara el derecho del recurrente a mantener una comunicación intermodular con un amigo también interno en la misma prisión. La administración penitenciaria no ha argumentado ni motivado la imposibilidad de conceder comunicaciones orales entre internos. No cabe imponer a las comunicaciones orales intermodulares condiciones que no estén legal y reglamentariamente previstas, dando lugar a una exclusión total de las relaciones de amistad, máxime cuando no se ha alegado ni acreditado una utilización abusiva o fraudulenta de la comunicación ni tampoco se concretan las repercusiones indebidas en la organización del centro.

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