Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: JURISDICCIÓN, COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO Y LEGITIMACIÓN
Subvoz: Jurisdicción, competencia, y funciones del JVP
Fecha: 21 abril, 2016
Texto:
AP Madrid, Sección 5ª, 21/04/2016. JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y FUNCIONES DEL JVP. El JVP desestima un recurso por el que se confirma la resolución impugnada dado que la misma es plenamente ajustada a derecho, por cuanto el artículo 58.3 del Código Penal claramente establece que sólo procede el abono de prisión provisional sufrida en otra causa cuando dicha medida cautelar sea posterior a los hechos delictivos que motivaron la pena a la que se pretende abonar, requisito que no concurre en el presente caso. Por otro lado, reitera lo manifestado la competencia del Tribunal Sentenciador en el tema, atendiendo a lo manifestado por el Tribunal Constitucional, en su sentencia 57/2008, de 28 de abril.
