Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: JURISDICCIÓN, COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO Y LEGITIMACIÓN
Subvoz: Cómputo de los plazos
Fecha: 30 marzo, 2016
Texto:
AP Madrid, Sección 5ª, 30/03/2016. PROCEDIMIENTO (CÓMPUTO DE PLAZOS). Se estima el recurso. El recurrente sostiene que el mes de agosto en inhábil a los efectos de interposición del recurso de queja ante el JVP. El acuerdo recurrido se notificó en fecha 29/07/2015 y el recurso de queja se interpuso el 28/10/2015. En todo caso en la notificación del acuerdo recurrido no se expresa el plazo para recurrir, a pesar de que es exigible según el art. 58.3 de la Ley 30/1992, la notificación es incompleta quedando subsanada la falta de mención del plazo por la interposición del recurso.
