Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Tiempo cumplido de condena
Fecha: 24 abril, 2015
Texto:
AP Madrid, Sección 5ª, 24/04/2015. PERMISOS (TIEMPO CUMPLIDO DE CONDENA. GRAVEDAD DEL DELITO). Se estima el recurso y se concede siete días divididos en dos permisos. La denegación de los permisos solicitados se basa en la gravedad de los delitos cometidos (dos asesinatos), por encontrarse en fase inicial de cumplimiento, irregular trayectoria penitenciaria y falta de garantías de hacer un buen uso del permiso. Es cierto que los delitos son gravísimos pero el interno lleva ya cumplida 1/3 parte de la condena. En la actualidad no tiene expedientes sancionadores abiertos en su contra. En los 7 años que lleva en prisión ha acabado la educación primaria, secundaria y los dos primeros cursos de derecho en la UNED. Evidencia voluntad de apartarse de la banda a la que pertenecía y en la cual cometió los delitos. Está arrepentido y asume sus responsabilidades. Los hechos ocurrieron hace diez años y estuvo detenido sólo diez días habiendo permanecido en libertad hasta cinco meses antes de celebrarse el juicio, su voluntad no ha sido nunca sustraerse a la acción de la justicia.
