Organo Judicial: Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 681/2012
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Extraordinario
Fecha: 20 febrero, 2012

Texto:

AP Madrid, Sección 5ª, 20/02/2012. PERMISOS Y SALIDAS (EXTRAORDINARIOS). La madre del interno sufre una demencia senil grave y degenerativa. Hace 10 meses se autorizó un permiso extraordinario de salida para verla pero la entrevista con la madre fue extraordinariamente breve. El alzheimer en fase avanzada justifica el permiso extraordinario por grave enfermedad de la madre (Art. 47.1 de la L.O.G.P.). Por ello, debe autorizarse el permiso con independencia de que haya tenido lugar otro. La oportunidad de ser reconocido cuando las posibilidades de un momento de lucidez son progresivamente descendentes hacen comprender la bondad de la visita en el momento más cercano posible. Se estima el recurso y se concede permiso en extensión no superior a 8 horas, en horario compatible con el de visita a la madre enferma y de forma que la permanencia del penado junto a ella no sea inferior a 2 horas.

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