Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: BENEFICIOS PENITENCIARIOS Y RECOMPENSAS
Subvoz: Redención ordinaria
Fecha: 16 diciembre, 2015

Texto:

AP Madrid, Sección 5ª, 16/12/2015. BENEFICIOS PENITENCIARIOS (REDENCIÓN ORDINARIA). No procede acceder a la solicitud de redención ordinaria por el trabajo realizado desde el 2 de febrero de 2013 porque la redención de las penas por trabajo desapareció en el CP de 1995 por el que cumple condena el interno recurrente.

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