Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 3477/2011
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Mitigación del riesgo (controles analíticos, policiales, adopción de medidas, otros)
Fecha: 15 septiembre, 2011

Texto:

AP Madrid, Sección 5ª, 15/09/2011. PERMISOS Y SALIDAS (MITIGACIÓN DEL RIESGO). Se estima el recurso del interno y se le concede el permiso solicitado pero con determinada extensión y condiciones que garanticen su buen uso. El interno cumple condena por delitos de lesiones, malos tratos y quebrantamiento relacionados con la violencia de género, de los que manifiesta expresamente su arrepentimiento. Ha cumplido hace 8 meses la mitad de la condena. Su conducta es buena: carece de sanciones, está destinado en un módulo de respeto, asiste desde hace dos años a las sesiones de alcohólicos anónimos y desde hace seis meses sigue un programa específico en relación con los delitos cometidos. Además cuenta con el apoyo de sus padres y hermanos. Así, pueden iniciarse pero serán permisos breves, 10 días (3+3+4) y los posteriores se condicionan al buen uso de los anteriores. Se considerará en todo caso mal uso cualquier intento de aproximación a la víctima o comunicación con ella. La víctima será avisada de las fechas de las salidas por las Fuerzas de Seguridad del Estado. Además tendrán lugar en días compatibles con la continuidad en los programas de tratamiento y la Junta de Tratamiento podrá acordar otras cautelas que estime convenientes (recogida familiar, presentación ante las Fuerzas de Seguridad del Estado, etc.).

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