Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Suspensión o revocación
Fecha: 14 enero, 2015
Texto:
AP Madrid, Sección 5ª, 14/01/2015. PERMISOS (SUSPENSIÓN). Se estima el recurso. En este caso, el permiso concedido al interno se había dejado sin efecto por la retirada de la modalidad de vida propia del art. 100.2 RP, por reiteradas ausencias injustificadas al trabajo y por encontrarse ilocalizable en el teléfono en varias ocasiones. Se declara que la decisión del JVP es plenamente ajustada a derecho, al no ser ya merecedor del resto de días correspondientes al cupo de permiso aprobado pero, teniendo en cuenta que la resolución de la Subdirección General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria no es todavía firme, el Tribunal entiende que no procede la revocación de los días pendientes de disfrutar y, accediendo a su petición subsidiaria, se acuerda la suspensión provisional del permiso a la espera de lo que se resuelva definitivamente.
