Tipo de disposicion: Auto
Numero: 1060/2015
Voz: JURISDICCIÓN, COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO Y LEGITIMACIÓN
Subvoz: Competencia para resolver el recurso de apelación
Fecha: 12 marzo, 2015
Texto:
AP Madrid, Sección 5ª, 12/03/2015. COMPETENCIA (COMPETENCIA PARA RESOLVER EL RECURSO DE APELACIÓN). Acuerda inhibirse del conocimiento de los hechos ya que la competencia para conocer del recurso corresponde a la AP Toledo puesto que fue el órgano jurisdiccional que impuso la pena más grave, al que deberán remitirse las actuaciones. Aplica la Disposición Adicional Quinta de la LOPJ, en su redacción por la LO 5/2003 de 27 de mayo, que atribuye al Tribunal Sentenciador, equiparando a estos efectos los Tribunales unipersonales y los colegiados, la competencia para conocer de las apelaciones contra las resoluciones del JVP en materia de clasificación de presos. En el caso de pluralidad de penas, conocerá el Juzgado o Tribunal que haya impuesto la más grave y, si hay varias de igual gravedad, el último en sentenciar, sin acepción ni distingo alguno de rango jerárquico.
