Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Suspensión o revocación
Fecha: 6 junio, 2016
Texto:
AP Madrid, Sección 5ª, 06/06/2016. PERMISOS (SUSPENSIÓN). El art. 157.1 del RP establece la posibilidad de suspender la concesión de un permiso si han cambiado las circunstancias que propiciaron su concesión, el segundo párrafo de este art. establece la revocación del permiso si el interno se fuga o comete un nuevo delito durante el disfrute del permiso. En este caso tras la concesión del permiso, ha recaído sanción en uno de los expedientes disciplinarios, aunque se han iniciado otros dos nuevos. Lo proporcional es acordar la suspensión provisional hasta el cumplimiento de la sanción impuesta y hasta la depuración de responsabilidad en los otros dos expedientes disciplinarios, y si recayese nueva sanción dejar sin efecto el permiso concedido.
