Tipo de disposicion: Auto
Numero: 3125/2013
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Causa pendiente o nueva condena
Fecha: 3 septiembre, 2013
Texto:
AP Madrid, Sección 5ª, 03/09/2013. PERMISOS Y SALIDAS (CAUSA PENDIENTE O NUEVA CONDENA). El penado tiene una causa pendiente por delitos graves, que pueden suponer varios años de prisión. No obstante, también puede resultar absuelto o condenado a penas menos graves. En todo caso, es difícil que la sentencia en esa causa pendiente sea firme antes de seis meses cuando aún no se ha enjuiciado en única instancia y el licenciamiento definitivo del penado tendrá lugar por la causa por la que actualmente cumple condena dentro de 5 meses y 22 días. Pasado ese tiempo es cuando el tribunal juzgador deberá valorar el riesgo de fuga. Y denegar los permisos ahora y ‘sine die’ a falta de pocos meses para el licenciamiento definitivo no tiene sentido cuando se han venido concediendo hasta este momento con buen uso, y la causa pendiente lo estaba desde antes del actual ingreso en prisión. Se estimará el recurso y se concederán 10 días de permiso (5+5) en las condiciones de disfrute que establezca la Junta de Tratamiento
