Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 1229/2013
Voz: CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO
Subvoz: Progresión y mantenimiento de grado
Fecha: 3 abril, 2013

Texto:

AP Madrid, Sección 5ª, 03/04/2013. CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO (PROGRESIÓN Y MANTENIMIENTO DE GRADO. PRINCIPIO DE FLEXIBILIDAD [ART. 100.2 RP]). Se estima en parte el recurso. Los diversos y relevantes incumplimientos del penado no le hacen merecedor del tercer grado, si bien, ante la posibilidad de integrarse en el mundo laboral, se le concede el régimen intermedio previsto en el art. 100 RP, con la salidas dos fines de semana al mes y todas las necesarias para el desarrollo de la actividad laboral, una vez comprobada la vigencia de la oferta de trabajo y con condición de que se haga frente a la RC aplazadamente en proporción a los ingresos. El interno, con extenso historial delictivo e irregular respuesta al tratamiento recibido, ha visto revocada la libertad condicional en 2 ocasiones y no asume RC. No obstante ha cumplido más de ¾ partes de condena, presenta buena conducta en este momento, participa en las actividades programadas con corrección, se le han reestablecido los permisos de salida y cuenta con oferta de trabajo.

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