Tipo de disposicion: Auto
Numero: 4757/2015
Voz: CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO
Subvoz: Principio de flexibilidad. Artículo 100.2 RP
Fecha: 26 octubre, 2015
Texto:
AP Madrid 26/10/2015. CLASIFICACION Y TRATAMIENTO (Principio de flexibilidad. Art.100.2 RP). Interno que cumple condena de 7 años por un delito contra la salud pública del que todavía no ha cumplido la mitad de la condena, es primer ingreso en prisión y es el primer delito que comete, ha asumido su responsabilidad delictiva y mostrado arrepentimiento, buena conducta, sin sanciones, asiste a las actividades de prisión con numerosas notas meritorias, disfruta de permisos sin incidencias y cuenta con apoyo familiar. Además, aporta una oferta de trabajo indefinido. Sin embargo, la gravedad del delito y el tiempo pendiente de cumplimiento aconsejan estimular su buena trayectoria y mantenerle en segundo grado con variantes del tercer grado como son el poder salir a trabajar una vez comprobado el mantenimiento de la oferta de trabajo y la vigilancia de la misma.
