Tipo de disposicion: Auto
Numero: 480/2008
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Continuidad en la concesión de los permisos
Fecha: 11 noviembre, 2008
Texto:
AP Córdoba, Sección 2ª, 11/11/2008. PERMISOS Y SALIDAS (ORDINARIO. CONTINUIDAD EN LA CONCESIÓN DE LOS PERMISOS). Se estima el recurso de apelación. La Junta de Tratamiento deniega el permiso por la gravedad delictiva, lejanía de la fecha de cumplimiento de las ¾ partes. La Sala estima que, en los supuestos de condenas de larga duración, este criterio debe estudiarse en relación con el tiempo de cumplimiento de condena que lleva el interno. En el supuesto, se considera bastante el tiempo cumplido ya que ingresa en mayo de 2004 y tiene satisfecha gran parte de la mitad de la condena. Lo fundamental para la Sala es que en fechas recientes le han otorgado dos permisos de salida la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Sevilla y el JVP de esa ciudad y los ha disfrutado sin incidencia desfavorable. Los criterios causa de la denegación no se consideraron suficientes en aquellas dos ocasiones y sería incongruente hacerlo en este supuesto cuando ahora están más devaluados dado el avance en el cumplimiento de la condena.
