Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Extranjeros
Fecha: 13 octubre, 2015
Texto:
AP Córdoba, 13/10/2015. PERMISOS Y SALIDAS (EXTRANJEROS. FALTA DE ARRAIGO). La AP revocando el auto apelado otorga un permiso de salida mínimo de 3 días en las condiciones que se estimen adecuadas por el Centro Penitenciario atendiendo a la personalidad del interno. El permiso ha sido denegado al interno por falta objetiva de garantías suficientes de hacer un buen uso dada su condición de extranjero en situación irregular. Ciertamente consta en el expediente resolución administrativa de expulsión, que está recurrida en el orden jurisdiccional donde se ha acordado su suspensión cautelar. La Sala considera ser extranjero en situación irregular no es motivo suficiente para denegar el permiso pues no va acompañado de falta o insuficiencia de arraigo. El interno está casado con una mujer que reside en España, con quien tiene dos hijos nacionales y empadronados en municipio distante del centro de internamiento, lo que puede justificar la falta de visitas de sus familiares.
