Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: JURISDICCIÓN, COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO Y LEGITIMACIÓN
Subvoz: Acceso a expedientes
Fecha: 2 marzo, 2007
Texto:
AP Burgos 02/03/2007. PROCEDIMIENTO (ACCESO A EXPEDIENTES). Se desestima el recurso presentado por el interno para acceder a su protocolo de personalidad. Se debe diferenciar entre el expediente personal y el protocolo de personalidad, teniendo el interno todo el derecho a obtener toda la información respecto al contenido del primero, en cuanto afectan a su situación personal, procesal y penitenciaria, pero no así al segundo en el que los informes psicológicos de los órganos técnicos están dotados de confidencialidad propia del secreto profesional, máxime cuando en el presente caso concurren una actividad conflictiva en el interno (percepción distorsionada de la realidad que le hace ver los informes por él conocidos como manipulados o falseados) que desaconsejan la comunicación literal de aspectos clínicos del informe psicológico. Los datos que constituyen el protocolo de personalidad del interno, tienen un carácter confidencial, y constituyen una información utilizada por los miembros de los equipos técnicos, cuyos informes, en cuanto son incorporados a un expediente, pueden ser conocidos por el interno, para el ejercicio del legítimo derecho de defensa, sin embargo existen razones de seguridad que aconsejan la denegación al interno del conocimiento de los datos obrantes en tales protocolos, sin que ello suponga la privación al interno del derecho de información, dado que el contenido del mismo viene limitado a su situación procesal y penitenciaria.
