Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 291/2008
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Ordinario
Fecha: 22 julio, 2008

Texto:

AP Alava, Sección 2ª, 22/07/2008. PERMISOS Y SALIDAS (ORDINARIO. CONSUMO DE DROGAS. EVOLUCIÓN DEL TRATAMIENTO. FALTA DE INFORMACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN). Se estima. La Junta de Tratamiento rechazó la concesión del permiso solicitado, porque tenía una trayectoria delictiva consolidada por comisión de numerosos delitos, presentaba una irregular trayectoria penitenciaria y tenía un insuficiente conocimiento del interno por su escasa permanencia en el centro. La ausencia de suficiente conocimiento del interno no puede ser causa de desestimación del permiso pues, efectivamente, tal desconocimiento nunca puede ser un motivo razonable de denegación, al llevar varios años bajo el control de la misma Administración Penitenciaria. El JVP establece que es un interno reincidente, con una evolución en prisión muy irregular, añadiendo que el interno no hace caso de las recomendaciones que se le realizan en el sentido de cambiar su comportamiento, que no ha hecho ningún esfuerzo para superar su toxicomanía, que no tiene un proyecto de futuro y que se muestra refractario a las pautas sociolaborales. El interno ha cumplido ya sobradamente las tres cuartas partes de la condena, quedándole en este momento aproximadamente un año y medio para extinguir la pena. Según la documentación presentada con el recurso de reforma, en el informe psicológico ya constaba que tenía participación en el programa del centro, se encuentra en el programa de mantenimiento de metadona y realiza controles de orina semanales para detectar sustancias psicoactivas y psicoterapia de apoyo y su evolución, desde el punto de vista toxicológico, es favorable. La reincidencia en delitos contra la salud pública está vinculada al propio consumo de drogas y, en la actualidad, éste se puede encontrar razonablemente controlado y la irregular trayectoria penitenciaria, cuando concurren los restantes requisitos objetivos y la libertad está relativamente cercana, no es causa suficiente para denegar el permiso. El que haga caso omiso a las recomendaciones que se le realizan o que se muestre refractario a las pautas sociolaborales tampoco puede servir para rechazar un permiso, cuando está próxima la salida del recurrente.

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