Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 374/2008
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Ordinario
Fecha: 6 octubre, 2008

Texto:

AP Alava, Sección 2ª, 06/10/2008. PERMISOS Y SALIDAS (ORDINARIO. TIEMPO CUMPLIDO DE CONDENA). Se estima. La Sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de Abril de 1.997 contempla como una de las posibles causas o motivos de denegación de los permisos penitenciarios el relativo a la lejanía de la fecha para acceder a la libertad condicional. El penado hacía tres meses que había cumplido las tres cuartas partes de la condena y, consecuentemente, se halla cercana la libertad definitiva. Los informes del Equipo Técnico no son buenos, las perspectivas de resocialización del apelante son pesimistas, principalmente, por ausencia de actitud y motivación, como revelan los datos obrantes en los mencionados informes y las variables cualitativas del interno no son favorables. Pero debemos considerar la posibilidad de que ese cambio no se produzca nunca, lo que, de seguir aquel criterio, nos llevaría a privarle de todo permiso hasta el licenciamiento definitivo.

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