TSJC, Sala de lo Social, 11/12/2025. TRABAJO (EXTINCION RELACION LABORAL. NULIDAD).

Organo Judicial: Otros
Tipo de disposicion: Sentencia
Numero: 6566/2025
Voz: TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Subvoz: Trabajo
Fecha: 24 septiembre, 2026

Texto:

TSJC, Sala de lo Social, 11/12/2025. TRABAJO (EXTINCION RELACION LABORAL. NULIDAD).  

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña estima parcialmente el recurso interpuesto por el interno y declara la nulidad de la extinción de su relación laboral penitenciaria, acordando su reposición y reconociéndole una indemnización de 3.960 euros por daños y perjuicios. 

La relación laboral había sido extinguida por razones de disciplina y seguridad penitenciaria al apreciarse un supuesto comportamiento negativo en el desempeño de las tareas que el interno tenía asignadas. Frente a la resolución se interpuso demanda ante el Juzgado de lo social la cual fue desestimada y confirmó la declaración extintiva de la relación laboral. 

Frente a la resolución del Juzgado de lo Social, el interno interpuso recurso alegando, entre otros motivos, que la resolución extintiva vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) por falta de motivación e indefensión. 

La Sala acoge el motivo del recurso al entender que la comunicación extintiva carecía de una motivación suficiente, al limitarse a referencias genéricas a razones de disciplina y seguridad penitenciaria y a un desarrollo negativo de las funciones encomendadas, sin concretar los hechos atribuidos al trabajador ni las conductas que justificaban la medida. Tal insuficiencia impide al afectado conocer adecuadamente la causa de la extinción y ejercer de forma efectiva su derecho de defensa. 

La sentencia recuerda la doctrina del Tribunal Supremo conforme a la cual la extinción de la relación laboral especial penitenciaria exige una motivación suficiente de los hechos en que se sustenta la decisión, no bastando la mera invocación de la causa legal ni pudiendo suplirse esa carencia mediante informes posteriores. 

En relación con los restantes motivos del recurso, la Sala señala que su examen resulta innecesario al estimar el primero. No obstante, añade que no consta acreditado un incumplimiento grave o una conducta desobediente del interno y que la decisión extintiva, insuficientemente motivada, afecta a la continuidad de su derecho al trabajo penitenciario remunerado y a sus posibilidades de reinserción, conforme al art. 25.2 CE. 

En conclusión, el TSJ declara la nulidad de la extinción, ordena la reposición de la relación laboral al momento anterior a su cese y fija una indemnización, a partir del lucro cesante, equivalente a los salarios dejados de percibir desde la extinción hasta la fecha de la sentencia.  

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