Tipo de disposicion:
Numero: 1931/2026
Voz: INFRACCIONES Y SANCIONES
Subvoz: Objetos prohibidos
Fecha: 26 septiembre, 2026
Texto:
JVP Barcelona, Plaza 6, 08/07/2026. INFRACCIONES Y SANCIONES (OBJETOS PROHIBIDOS. PRESUNCION DE INOCENCIA).
El Juzgado estima el recurso interpuesto por el interno contra la sanción disciplinaria impuesta por la posesión de un objeto prohibido y acuerda su revocación.
El recurrente, que compartía celda con otra persona, impugna la sanción negando los hechos que se le atribuyen. Aunque los funcionarios actuantes manifestaron que el interno se responsabilizó del objeto intervenido, el Juzgado considera que afirmación, por si sola, carece de entidad suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia cuando no existe ningún otro elemento probatorio que la corrobore.
Asimismo, el auto destaca que el interno no ratificó ante el instructor la supuesta asunción de responsabilidad recogida por los funcionarios. A ello se añade que el objeto fue hallado en una celda compartida, lo que impide atribuir con certeza su posesión al recurrente y genera duda razonable sobre su autoría.
En consecuencia, al sustentarse la imputación en un único indicio no reforzado por otras pruebas y de conformidad con el principio de presunción de inocencia y la jurisprudencia sobre la prueba indiciaria, procede estimar el recurso y revocar la sanción impuesta.

