Veinte razones contra la prisión permanente

ACADEMIA DE LEGISLACIÓN

Esta “prisión perpetua” nos equipara a “compañías tan poco recomendables” como Rusia y Turquía “Abandona el objetivo constitucional de la reinserción”

DIARIO DE SEVILLA (AMANDA GLEZ. DE ALEDO).- El magistrado Jose Manuel de Paúl Velasco ingresó  este domingo en la Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia con un discurso en el que expuso no menos de veinte razones contra la prisión permanente revisable y no encontró ninguna a favor, como tampoco lo hizo el académico y abogado Francisco Baena Bocanegra, que le respondió al discurso de ingreso.

“Inhumana, aleatoria, irritante, rígida, innecesaria, incongruente,  desoladora y arbitraria” fueron algunos de los adjetivos utilizados por los dos oradores.

Su crítica no fue tanto contra la pena en sí como contra la manera en que se ha puesto en práctica en España.

“La noticia del periódico de hoy es el delito sancionado mañana con la prisión permanente revisable”, dijo de Paúl arremetiendo contra “unos poderes públicos entregados sin rubor al populismo punitivo”.

La prisión permanente revisable, a juicio del magistrado sevillano, era innecesaria en España, un país con una tasa de criminalidad violenta muy baja y donde ya existe un catalogo punitivo duro. Pese a ello, vaticinó que “va a sufrir una presión expansiva” que hará crecer “de manera progresiva, indiscriminada y coyuntural” los delitos merecedores de ella hasta que deje de ser la “medida excepcional” como fue diseñada.

La prisión permanente “ha abandonado el objetivo constitucional de la reinserción”, aseveró, y su regulación implica una “extraordinario dureza” que excede a los países de nuestro entorno.

Nos sitúa  “en el Derecho comparado junto a compañías no muy recomendables desde la perspectiva de los Derechos Humanos como Rusia o Turquía”, a su juicio.

Un condenado sin “derecho a la esperanza”

Con el telón de fondo de la dignidad humana, de Paúl enumeró los obstáculos que pone España a aspectos como la revisión de la pena, los permisos y la progresión de grado. Concluyó que niega al condenado “el derecho a la esperanza, por atroz que fuera el delito que cometió”.

En España ya hay once personas condenadas a prisión permanente revisable y los problemas de seguridad jurídica son de tal calibre que el Tribunal Supremo ha dictado ya dos sentencias “frontalmente contradictorias” que “han venido a introducir un factor de inseguridad en su aplicación, incluso por el más alto tribunal”, según el nuevo académico de Legislación y Jurisprudencia.

El orador puso sobre la mesa dos casos concretos: hechos que hasta 1995 se castigaban con seis años de prisión (como el infanticidio de un recién nacido), ahora son merecedores de una condena permanente, y con la nueva regulación puede ser condenado a prisión permanente un joven que, en una botellona, mate a otro al que le queden dos meses para cumplir los 16 años.

A su discurso de ingreso le respondió el abogado Francisco Baena Bocanegra, quien insistió en que “estamos en la práctica ante una prisión de por vida” y “la experiencia nos demuestra que no son útiles ni duraderas las leyes injustas”.

La prisión permanente “no va a evitar los delitos más graves ni la reiteración delictiva”, afirmó el letrado, quien también se manifestó contrario a “un sistema punitivo a golpes de populismo”.

 

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